Las encuestas y estudio psico-sociológicos realizadas en los países de la C.E.E. han permitido
establecer las reacciones de la población frente al ruido y cuantificar las molestias soportadas.
En España no se dispone en la actualidad de un estudio fiable en este campo. Como resultado
de estos estudios aparece que entre los indicadores más utilizados, el LAeq extendido a
períodos largos de tiempo es el indicador más pertinente y el mejor correlacionado con las
respuestas de la población al ruido originado por el tráfico de carretera. El LAeq permite evaluar
bien la molestia de la población en general, pero sin embargo no explica bien las grandes
variaciones existentes en las respuestas individuales. Estas molestias individuales están
ligadas a factores sociales y culturales difíciles de evaluar. Se relacionan con fenómenos como
la valoración individual del descanso, el rechazo a ciertos tipos de ruido, las expectativas de
calidad de vida, etc.
Estas circunstancias no invalidan la utilización del LAeq como indicador universal de ruido, pero
si ponen de manifiesto la necesidad en algunos casos de completar la evaluación con otro tipo
de índices sectoriales.
Hasta la actualidad, el indicador comúnmente utilizado en España es el nivel sonoro continuo
equivalente LAeq referido a un periodo diurno y a un periodo nocturno. La determinación de los
periodos nocturnos varía según los municipios y el sector regulado. En cuanto a los límites
máximos que se determinan para cada indicador, existe un denominador común en casi todos
los casos, consistente en establecer distintos criterios en función de los usos del suelo. De un
modo general se establecen límites más restrictivos para usos docentes y hospitalarios, que
para uso residencial en general. Existen límites más altos para uso industrial que para uso
residencial, y así sucesivamente.
El uso del LAeq como indicador de las molestias de ruido generado en el entorno de los
aeropuertos se está generalizando en todos los países desarrollados. Esta tendencia tiene su
origen en el proceso integrador de control del ruido existente en la actualidad, en el que se
consideran de forma conjunta todas las posibles fuentes de ruido. Dado que existe desde hace
algunos años una gran unanimidad en cuanto al uso del LAeq como indicador del ruido en los
campos de exposición ocupacional, ruido de los transportes terrestres, ruido en ambientes
exteriores, etc., su utilización para el ruido de los aviones permite establecer comparaciones y
agregar fácilmente los niveles procedentes de distintas fuentes. Esta cualidad del LAeq , debida a su carácter de indicador energético, no la tienen otros índices específicos utilizados
históricamente para la descripción del impacto acústico del tráfico aéreo.
A pesar de las limitaciones, citadas anteriormente, que poseen los índices expresados en
niveles continuos equivalentes, la mayoría de las administraciones europeas tienden a utilizar
el LAeq (o índices derivados de éste) como indicadores universales, debido fundamentalmente a
las siguientes ventajas que ofrecen:
1. Es un índice relativamente sencillo de comprender, en comparación con otros
índices.
2. Es un índice que mide un concepto acústico muy claro: la energía media durante un
determinado periodo de tiempo
3. Es un índice que permite establecer comparaciones y agregar niveles procedentes
de diversas fuentes
4. Es el índice más utilizado en las evaluaciones de impacto ambiental
5. Las directivas europeas y las normas CEN utilizan el LAeq
6. Es un índice que permite considerar diferentes periodos de tiempo para la
evaluación del impacto
7. Es un índice que permite comparar los niveles originados por una determinada
fuente con los niveles de fondo ambientales existentes en una determinada zona
8. Es un índice que se puede obtener directamente de los instrumentos de medida.
Estas son fundamentalmente las razones que han llevado a la adopción del LAeq como
indicador del ruido general en las legislaciones nacionales de algunos países con gran
desarrollo en materia de lucha contra el ruido.
La distribución temporal: los períodos día, noche y tarde-noche. El Lden
La evaluación de la calidad del medio ambiente sonoro está determinada entre otros factores
por la actividad, e incluso por la actitud, de los receptores del ruido. Un ruido soportable e unas
determinadas circunstancias, no lo es en otras, lo que significa que un indicador de carácter
general (por ejemplo el LAeq diario) difícilmente puede explicar todas las situaciones.
En general en una sociedad urbanizada las actividades humanas están ligadas al espacio y al
tiempo. Por lo que se refiere al espacio, las acciones de control del ruido se pueden realizar
mediante el establecimiento de distintos límites admisibles del valor del LAeq según los usos del
suelo (residencial, industrial, hospitalario, ocio, etc.). Sin embargo, por lo que se refiere a la
distribución temporal del ruido (conviene recordar que el LAeq se refiere a un determinado
período de tiempo), los estudios realizados han demostrado que las reacciones de la población
son muy diferentes según el período del día. En general, el ruido es más tolerado durante el
período de actividad diurna, menos en los períodos de descanso de tarde-noche, y mucho
menos en el período nocturno. Para poder tener en cuenta estas variaciones se utilizan, en vez
de un único indicador, varios indicadores, y se establecen limites admisibles para cada uno
ellos. La mayoría de las reglamentaciones de los países de nuestro entorno utilizan dos
índices: el LAeq (día) y el LAeq (noche).
El primer problema que se plantea es decidir cual es el período de noche y cuál es el período
de día. En el cuadro siguiente observamos como existe una gran diferencia entre los intervalos
de tiempo de referencia utilizados en los países de nuestro entorno en sus normativas de
protección del medio ambiente sonoro (en exteriores).
A pesar de la falta de estudios en profundidad, en los países del sur de Europa el período de
tarde-noche es un período de actividad de características distintas a los del norte y centro de Europa, y en todos los casos se trata de un período critico, en el que las quejas de la población
son muy numerosas. España en concreto representa un caso especial debido a la diferencia de
duración de actividad de este período.
A diferencia de los países del norte, la actividad en la calle se prolonga hasta bien entrada la
noche, lo que unido a costumbres derivadas de condicionantes climatológicos (ventanas de los
edificios abiertas) hace que los períodos de tiempo establecidos en otros países no sean
adecuados para el nuestro.
Para poder tener en cuenta estas diferentes exigencias de calidad ambiental sonora en función
de los diferentes periodos de actividad se pueden utilizar índices integrados sobre 24 horas.
- Nivel sonoro día-tarde-noche
Ldia= nivel sonoro medio a largo plazo ponderado a definitivo en la norma ISO 1996 2:
1987, determinado a lo largo de todos los periodos diurnos del año.
Ltarde= nivel sonoro medio a largo plazo ponderado a definitivo en la norma ISO 1996 2:
1987, determinado a lo largo de todos los periodos vespertinos del año.
Lnoche t= nivel sonoro medio a largo plazo ponderado a definitivo en la norma ISO 1996 2:
1987, determinado a lo largo de todos los periodos nocturnos de un año.
En principio, el día dura 12 horas, la tarde 4 horas y la noche, 8 horas. Siguiendo las
recomendaciones de la normativa común europea, los periodos de tiempo básicos
para la evaluación y control del ruido ambiental los periodos de referencia son:
diurno desde las 7h a las 19 h., tarde desde las 17h a las 23 h. y nocturno desde las
23h a las 7 h, aunque una gran parte de las ordenanzas municipales en vigor y
normativas autonómicas consideran como periodo diurno desde las 8 h a las 22 h y nocturno de las 22 h a las 8 h
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